RÉGIMEN ECONÓMICO EN EL MATRIMONIO
El régimen económico aplicable entre los cónyuges será el que se haya pactado en las capitulaciones matrimoniales o, en su defecto, el de la sociedad de gananciales, salvo en Cataluña, Aragón, Baleares, País Vasco y Navarra que regirá la separación de bienes. En nuestro sistema existen tres tipos de regímenes económicos: Régimen de sociedad de gananciales: ambos cónyuges ponen en común las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos por lo que, al disolverse la...