¿Desde cuándo está sufriendo esta situación en el trabajo?
Septiembre 2.017.
¿Quién le está acosando?
Superior.
¿Qué desea reclamar en relación al acoso laboral (indicar opción)?
Modificar o extinguir el contrato laboral, reclamar articulo 50.
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El acoso laboral, también conocido como mobbing, se define como el conjunto de acciones continuadas de violencia psicológica injustificada (insultos, humillaciones, menosprecios, aislamiento, difusión de rumores, etc.), y a veces incluso física o sexual, que superiores, compañeros de trabajo o la propia empresa ejercen sobre la víctima.
Para que los tribunales aprecien que existe acoso laboral tienen que darse tres elementos. En primer lugar no puede ser un hecho aislado, requiere que la presión a la que se está sometiendo al trabajador sea sistemática (por ejemplo, varias veces a la semana) y prolongada (durante varios meses). En segundo término, el tipo de actos sufridos deben ser hostiles (gritos, enfados, etc.) o (se le deja en ridículo, se desprecia su trabajo, se le sitúa a hacer funciones muy por debajo de su cualificación, etc.). Finalmente, el resultado o la finalidad de estas conductas debe ser poner en peligro o menoscabar la integridad del trabajador.
En las denuncias por acoso laboral se aplica la regla general de los procedimientos penales: la carga de la prueba recae sobre el denunciante. Por lo tanto, en la mayoría de los procedimientos es el empleado denunciante quien debe aportar los documentos, hechos o demás medios de prueba que permitan al tribunal apreciar la existencia del mobbing. En este punto es donde aparece el principal problema al que se enfrentan, en la práctica, los denunciantes. Uno de los rasgos característicos del acoso laboral es que, en la mayoría de supuestos, se desarrolla con apariencia de total normalidad y sin dejar rastro por escrito. No obstante, no está todo perdido, la sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de 20 de noviembre de 2014 marca un punto de inflexión en la validez de las pruebas para acreditar la existencia de acoso al otorgar validez a la utilización de grabaciones magnetofónicas y conversaciones de WhatsApp. Las mismas, según explica la resolución, no vulneran el derecho al secreto de las comunicaciones siempre que sean utilizadas únicamente por el empleado acosado para defenderse en un procedimiento judicial. En definitiva, es una situación muy delicada, por lo que contar con un abogado laboralista, y si es posible, abogado especialista en acoso laboral, resulta muy recomendable. Para ello, no dude en consultar con nuestros abogados expertos en acoso laboral. Te podrán ayudar a gestionar el mobbing y/o bullying que está sufriendo, plantear la correspondiente denuncia para solicitar la indemnización que le corresponde tras solicitar la extinción de la relación laboral basándose en el acoso laboral, entre otras cuestiones relacionadas con la materia.