Última modificación el 1 febrero, 2023 por elAbogado
Sí. Te pueden despedir estando de baja, pero siempre y cuando esto no sea la causa inicial del despido. Te contamos todos los detalles en este artículo.
Cuando alguien coge una baja, ya sea laboral o médica, además de aguantar la dolencia que le ha producido esa incapacidad laboral temporal, debe acarrear con las posibles consecuencias que puede tener esa ausencia por parte de la empresa.
Las bajas médicas suelen ser motivo de despido en algunas empresas, pero aunque así lo sea, debes saber que no es un motivo legal.
Esto dependerá de la legislación laboral aplicable en el país en el que se encuentre el empleado y las circunstancias específicas del caso. De hecho, las bajas médicas por enfermedad ya no pueden ser causas de despido, desde la reforma laboral introducida el pasado 19 de febrero de 2020.
Con lo cual, si te han despedido por estar de baja, lo mejor es que, tras leer este post que te ayudará a solucionar tus dudas, contactes con un abogado laboralista para que te asesore de forma más precisa en tu situación.
Contenidos
- 1 ¿Qué dice la ley sobre sí te pueden despedir estando de baja?
- 2 ¿Qué debo hacer si me despiden estando de baja?
- 3 ¿Cómo puedo demandar si me han despedido estando de baja?
- 4 ¿Cuánto me pagarán si me acaban de despedir estando de baja?
- 5 ¿Qué pasa si la empresa me echa por estar enferma?
- 6 Casos en los que tampoco me pueden despedir estando de baja médica
- 7 ¿Hay alguna excepción donde la empresa me pueda despedir estando de baja?
- 8 ¿Necesito a un abogado laboralista en el caso de que me quieran despedir estando de baja?
¿Qué dice la ley sobre sí te pueden despedir estando de baja?
Hasta principios del 2020, el despido por ausencias justificadas y reiteradas en el trabajo era legal. Sin embargo, desde el 20 de febrero de 2020, el Gobierno derogó el despido por bajas médicas justificadas o el despido objetivo por absentismo, concretamente, lo que regulaba el artículo 52 d. del Estatuto de los Trabajadores.
Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los 12 meses anteriores alcance el 5% de las jornadas hábiles, o el 25% en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de 12 meses.
De este modo, y siguiendo lo estipulado por la ley, antes del 20 de febrero de 2020, te podían despedir si:
- Se alcanzaba un número de ausencias equivalentes a un 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos (serían 8’4 días en dos meses).
- Si las ausencias se daban en los 12 meses anteriores al despido y en ese año las faltas deberían suponer al menos un 5% de las jornadas hábiles.
Sin embargo, AHORA, no te pueden despedir por estos motivos ya que esta normativa quedó totalmente derogada.
¿Qué debo hacer si me despiden estando de baja?
Si estando de baja, la empresa decide despedirte, sabiendo que este motivo en sí es ilegal e injustificado, deberemos analizar la causa que alega la empresa para poder determinar qué debemos hacer al respecto.
Para ello lo mejor es que sigas los siguientes pasos:
- Contactar con un abogado laboralista para explicarle el caso y qué él pueda analizar el tipo de despido para poder actuar.
- Cuando recibas la carta de despido y la analices con tu abogado, sabrás si la causa alegada es la baja médica u hay otro motivo implicado. Ya sabes que si es por baja médica, el despido será improcedente (desde el 20 de febrero de 2020), pero si existe otra causa, te recomiendo que lo revises bien porque algunas empresas buscan demostrar que el despido es justificado y no está relacionado con la enfermedad (para no pagarte más indemnización).
- Si en la carta de despido no interpreta como motivo la baja médica, busca pruebas o documentos que aleguen que lo que dice en la carta no es verídico.
Sea el motivo que sea, si estás disconforme podrás demandar a la empresa.
- Artículo relacionado: ¿Qué hago si la carta de despido no es correcta?

¿Cómo puedo demandar si me han despedido estando de baja?
En el caso de que te despidan y pongan otro motivo en la carta de despido, pero tu crees que la verdadera razón es por estar de baja médica, puedes reclamar y demandar a la empresa.
Lo que deberás hacer es lo siguiente:
- Hablar con tu abogado laboralista y contarle que quieres demandar a la empresa.
- Revisar la carta de despido y firmarla no conforme.
- Presentar una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación dentro del plazo de los 20 días hábiles desde la notificación del despido.
- Acudir al acto de conciliación: La empresa y tú seréis citados para llegar a un acuerdo previo a la demanda por vía judicial.
- Redactar la demanda judicial: En el caso en que la empresa y tú no llegueis a un acuerdo, podrás presentar con la ayuda de tu abogado una demanda judicial, demostrando que el motivo del despido es la baja médica y no hay ninguna causa más implicada.
- Esperar a la resolución judicial: Cuando el juez reciba la demanda, acabará determinando si el despido es improcedente o no. En el caso de que sea improcedente, la empresa deberá pagarte la indemnización que te comentamos a continuación y readmitirte en tu puesto de trabajo. Y en el caso de que haya algún motivo aparte de la baja médica, te tocará atenerte al despido que alegue la empresa, revisando de nuevo la indemnización que te deberían pagar.
- Te recomiendo que leas: ¿Cuál es el plazo para demandar un despido?
¿Cuánto me pagarán si me acaban de despedir estando de baja?
Si te acaban de despedir estando de baja, y en consecuencia, sin motivo o causa justificada, el tipo de despido será catalogado como improcedente, lo que significa que te tocará una indemnización de 33 días por año trabajado con un tope de 24 mensualidades. Sin embargo, si el contrato era posterior al 12 de febrero de 2012, te deberán pagar hasta esa fecha 45 días por año trabajado con un tope de 42 mensualidades. Además, es importante que sepas la diferencia entre indemnización y finiquito, ya que a esto se le habrá de sumar el finiquito, que es el documento con las cantidades que te ha de pagar la empresa una vez finalizada la relación laboral.
Sin embargo, si en la sentencia y resolución judicial, se diera el caso de que el despido es otro motivo distinto a la baja médica, la indemnización a cobrar se verá afectada.
Si fuera por motivos objetivos de la empresa, te tocaría cobrar 22 días de salario por año trabajado con un tope de 12 meses, pero si la empresa cree que has cometido una falta grave y por eso decide despedirte, en este caso sería un despido disciplinario que no te tocaría indemnización.
Te recomiendo que sea lo que sea, consultes con un abogado laboralista tu caso para revisar y determinar qué indemnización te tocaría en caso de despido.
¿Qué pasa si la empresa me echa por estar enferma?
Tanto si estás de baja de forma prolongada, como si estás un par de días enferma, la empresa no podrá echarte por esa razón.
Desde el 12 de julio de 2022, y con su respectiva Ley 15/2022, se prohíbe de forma expresa que el motivo del despido sea cualquier proceso de enfermedad, de cualquier duración y tipo. De este modo, si la empresa notifica el despido por enfermedad común, el despido será calificado como nulo de forma judicial.
Si ocurre esto, y te despiden por ausentarte unos días, por ejemplo por una enfermedad común como la gripe, contacta con un abogado laboralista para que te ayude a comunicarte con la empresa y puedas decirles que el despido es nulo, lo que significa que podrás volver a tu puesto de trabajo y podrás volver a cobrar tu salario correspondiente.
Como ves, pueden ocurrir dos opciones cuando el motivo del despido es una baja médica o por enfermedad: o que el despido sea improcedente o que el despido sea nulo. Eso dependerá de cada caso y será el abogado laboralista quien se encargue de determinar cuáles son los pasos a seguir y qué indemnización o daños y prejuicios te toca cobrar.

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Casos en los que tampoco me pueden despedir estando de baja médica
Existen otras situaciones en las que, si la empresa te despide estando de baja médica, un Juez podría declarar ese despido nulo:
- Durante el permiso de maternidad o lactancia.
- En periodo de reducción de jornada por cuidado de hijos hasta 12 años.
- En reducción de jornada por cuidado de un familiar con una enfermedad grave.
- Cuando hayas reclamado tus derechos o te hayas quejado de alguna irregularidad por parte de la empresa, por ejemplo, denunciando ante la Inspección de Trabajo. Estas situaciones podrían ser consideradas una represalia por parte de la empresa, vulnerando tu garantía de indemnidad.
- Cuando el despido tenga como móvil una causa de discriminación prevista legalmente.
- Te puede interesar: ¿Me pueden despedir estando embarazada?
¿Hay alguna excepción donde la empresa me pueda despedir estando de baja?
A pesar de que hayamos comentado de que el despido por estar de baja será siempre improcedente o nulo, existen algunas excepciones en las que podrías ser despedido en el proceso de tu baja médica.
Despido objetivo: Este tipo de despido no tendría ninguna causa e implicación tuya pero podría darse el caso que, estando tu de baja, la empresa tuviera problemas económicos, organizativos o técnicos que le obligarán a despedirte. Como hemos dicho en uno de los párrafos anteriores, aquí te tocaría una indemnización de 22 días de salario por año trabajado con un tope de 12 mensualidades.
Despido disciplinario: Si aún estando de baja cometes alguna falta grave en el trabajo, ya sea a la hora de comunicarte con tus superiores o por cualquier otro motivo, esto puede ocasionar que la empresa decida echarte de forma disciplinaria. Recuerda que aquí no tendrías derecho a indemnización.
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¿Necesito a un abogado laboralista en el caso de que me quieran despedir estando de baja?
Sí. Cómo has visto, en varias ocasiones del artículo hemos mencionado la presencia y la ayuda de un abogado laboralista, ya que será la persona indicada que podrá ayudarte y asesorarte en todo el proceso de despido.
El abogado laboralista podrá:
- Revisar tu caso y asesorarte en todo el proceso.
- Analizar el tipo de despido y estudiar qué indemnización te tocaría en cada caso.
- Redactar la demanda en caso de querer ir a reclamar por la vía judicial.
- Acompañarte al acto de conciliación y al juicio.
- Ser tu guía en todo momento.
A veces hay que saber dejarse ayudar para tener obtener grandes resultados.
REFERENCIAS
- Real Decreto-ley 4/2020, de 18 de febrero, por el que se deroga el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo establecido en el artículo 52.d) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
- Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.