Última modificación el 15 febrero, 2023 por elAbogado
Te detallamos que es lo que incluye la pensión alimenticia y cuáles son los gastos que deberás tener en cuenta a la hora de calcular la manutención.
Cuando las parejas se separan o se divorcian, una de las cuestiones más recurrentes que se producen es saber qué incluye la pensión alimenticia exactamente.
Cuando se trata de pasar la pensión de alimentos y pagar la manutención, existen ciertas dudas y discrepancias sobre quién debe pagar qué.
Por este motivo, para que salgas de dudas, te contamos todo lo que debes saber sobre lo qué incluye la pensión de alimentos.
Sin embargo, siempre pueden haber casos puntuales y excepcionales que, a la hora del juez dictaminar la cantidad a pagar por la pensión de alimentos, se eximan ciertos gastos por la situación del progenitor en cuestión.
Por eso, es muy importante que a la hora de redactar el convenio regulador y hablar sobre las medidas cautelares y determinar qué se hace con la pensión de alimentos, se hable con un abogado experto en familia para determinar con mayor precisión lo que se debe incluir en la pensión de alimentos.
Contenidos
- 1 ¿Qué es la pensión alimenticia?
- 2 ¿Qué dice la ley sobre la pensión alimenticia?
- 3 Los gastos que incluye la pensión alimenticia
- 4 ¿Qué hacer en caso de conflicto sobre qué incluye la pensión o qué no incluye?
- 5 5 datos relevantes sobre la pensión alimenticia
- 6 ¿Necesito un abogado para tratar el caso sobre qué incluye la pensión de alimentos?
¿Qué es la pensión alimenticia?
Antes de empezar a concretar qué gastos están dentro de la denominada pensión alimenticia, vamos a recordar a qué se refiere exactamente este concepto.
La pensión alimenticia se trata de una contribución económica que generalmente se refiere a la pensión que reciben los hijos en caso de que sus padres estén separados o divorciados. Es decir, es lo que deberán pagar los familiares en caso de que alguno de sus parientes tenga esa necesidad.
Se trata de una obligación tras el divorcio o separación a favor de los hijos, ya sean menores o mayores de edad, si se encuentran en periodo de formación y no tienen ingresos propios, que debe ser cumplida si no se quieren obtener represalias jurídicas.
¿Qué dice la ley sobre la pensión alimenticia?
La ley define cómo alimentos lo siguiente, teniendo como referencia el artículo 142 del Código Civil:
Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica. Los alimentos comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aun después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable. Entre los alimentos se incluirán los gastos de embarazo y parto, en cuanto no estén cubiertos de otro modo.
Los gastos que incluye la pensión alimenticia
La pensión alimenticia se distribuye en dos partes: los gastos ordinarios y extraordinarios.

Por eso es importante diferenciar cada uno y qué gastos se deben tener en cuenta a la hora de pasar la pensión:
Gastos ordinarios de la pensión alimenticia
Los gastos ordinarios son aquellos que se pueden considerar periódicos y previsibles, es decir, los del día a día y más comunes, como por ejemplo:
- Alimentación del menor
- Ropa y calzado
- Gastos de vivienda y suministros: Agua, luz, gas, internet
- Elementos de aseo
- Gastos médicos y farmaceuticos
- Gastos escolares: libros, material, matriculas..
- Gastos de ocio: una fiesta de cumpleaños, el gasto del móvil….
Estos son los que están dentro de la pensión alimenticia. No obstante, es importante recalcar de nuevo que cada caso, con la ayuda de un abogado de familia, determinará que se pone en el convenio teniendo en cuenta la situación de cada progenitor.

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- Artículo relacionado: Qué hago si ya no puedo pagar la pensión
Gastos extraordinarios de la pensión alimenticia
Los gastos extraordinarios son aquellos que se consideran no previsibles y no periódicos y que, a pesar de no ser del día a día, deberán ser custodiados por ambos progenitores.
Para que sepas exactamente a lo que se refiere, esto es lo que dice el artículo 156 del Código Civil:
“Los gastos extraordinarios de los hijos, entendiendo por tales los que tengan carácter excepcional, imprevisible, necesario y adecuado a la capacidad económica de ambos progenitores, serán sufragados por ambos por mitad, siempre que medie previa consulta del progenitor custodio al no custodio sobre la conveniencia y/o necesidad del gasto (salvo supuestos excepcionales y urgentes en que ello no sea posible) y acuerdo de ambos –de forma expresa y escrita antes de hacerse el desembolso- o en su defecto, autorización judicial”.
Dentro de estos gastos habrían dos distinciones:
Gastos no previsibles:
Aquellos que surgen por un imprevisto como por ejemplo:
- Unas gafas nuevas
- El dentista o un tratamiento médico determinado
- Clases de repaso
- Intervenciones quirúrgicas de urgencia
- etc.
Gastos no periódicos:
Aquellos gastos que se realizan de vez en cuando y no es de forma recurrente:
- El carnet de conducir
- El viaje de fin de curso
- Actividades extraescolares o excursiones del colegio
- etc.

En resumen, los gastos extraordinarios son aquellos que aún no siendo de obligado cumplimiento en la pensión de alimentos y por eso no se establecen cómo tal, dentro de la cuantía interpuesta para la manutención, es una cantidad económica que deberá pagarse repartida al 50% para ambos progenitores.
Son gastos que estarán fuera de la pensión alimenticia mensual, pero que, si se diera el caso de que debe de cubrir algún gasto extraordinario como los que hemos comentado o similares, se debería repartir al 50% para cada parte.
Aquí es cuando puede llegar el conflicto, porque en muchas ocasiones, cuando el gasto es extraordinario, puede ser que una de las dos partes se oponga y no quiera pagar ese gasto ya que no lo considera como necesario.
Además, cuando existan dudas sobre si la otra parte no estará de acuerdo, el progenitor custodio deberá pedir autorización al progenitor no custodio antes de gastarse nada.
Esto se puede aplicar en determinados casos, pero por ejemplo, si el hijo en cuestión necesita una operación de urgencia, eso no deberá estar autorizado y el pago se hará a posteriori en caso de que haya ocurrido antes de que se le pueda haber avisado a la otra parte.
¿Qué hacer en caso de conflicto sobre qué incluye la pensión o qué no incluye?
Es normal que existan conflictos a la hora de pagar la pensión alimenticia, y por eso, es necesario que haya un asesor legal de por medio que trate de gestionar el convenio regulador.
Lo más importante es que cuando se redacte el convenio regulador, se establezca de forma muy clara que incluye la pensión alimenticia y qué gastos podrían estar estipulados como ordinarios y extraordinarios.
Aunque como hemos visto en el caso de los extraordinarios, hay más casuísticas, lo esencial es que prime la comunicación entre ambos progenitores para evitar ciertas discrepancias.
De todos modos, si no hay un acuerdo a la hora de realizar el convenio regulador porque no os estáis divorciando de mutuo acuerdo o mediante divorcio express y queréis hacerlo de forma contenciosa, el juez es el que decidirá lo que paga la parte no custodia y que gastos son los que estarían dentro del concepto de pensión alimenticia.
También es importante saber qué, en el supuestos en que un gasto extraordinario pasará a ser recurrente y asimismo ordinario, se debería instar una modificación de medidas definitivas, solicitando un aumento de la pensión para que se cubran esas nuevas necesidades.
Para esto, de nuevo, la presencia de un abogado experto en familia, será fundamental.
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5 datos relevantes sobre la pensión alimenticia
- La pensión de alimentos se ha de pagar durante los 12 meses del año, independientemente de los periodos vacacionales.
- Quién debe abonar la pensión alimenticia es el progenitor no custodio, ya que se entiende que él no es quien asume los gastos del día a día del hijo.
- La pensión es para el bienestar de los hijos y no es una ayuda para tu expareja.
- En caso de custodia compartida también puede existir pensión alimenticia.
- Todo lo referente a la pensión alimenticia se establecerá en el convenio regulador que los progenitores pacten en el momento de divorcio o separación. Si no hay acuerdo, será el juez quien determine los detalles de lo que incluye la pensión alimenticia.
- Te puede interesar: Extinción de la pensión de alimentos: 6 motivos para no pagar.
¿Necesito un abogado para tratar el caso sobre qué incluye la pensión de alimentos?
Si quieres saber qué incluye la pensión alimenticia, este artículo te habrá ido de fábula. Sin embargo, a la hora de estipular qué gastos son los que se cubrirán en tu caso, es imprescindible contar con la ayuda de un abogado experto en familia.
Como hemos comentado, lo qué incluye la pensión alimenticia, estará determinado en el convenio regulador, y para redactar dichas medidas, la presencia de un abogado es fundamental.
Además, como sabes, habrán casos en los que no es tan fácil mediar con tu expareja, lo que será necesario que tengas una defensa y una apoyo que luche por tus intereses a la hora del juicio final.
REFERENCIAS:
Mi ex marido tiene que pagar en junio la paga extraordinaria el doble de la pensión que le pasa a mi hija es decir me pasa 300 me tiene que pasar 600?
Hola
Me estoy separando y legalmente estoy divorciada pero tengo un hijo de 3 meses con mi ex como puedo tramitar la guarda y custodia de mi hijo y la pensión de alimentos
Hola buenas noches,estoy por separarme porque mi pareja tiene una amante,vivimos en casa de sus papás,bueno el papá de mis hijos construyó arriba de la casa de sus papás,el dice que yo tengo toda la culpa de que él tenga amante, pero eso pues no es cierto porque quién está fallando es el,por favor díganme que hacer,apenas le dije que me voy a ir con mis hijos claro pero me dice que me va a demandar y me va a quitar a mis hijos, por favor alguien que me pueda orientar
Buenas tardes, tengo dos hijos uno de 3 años y otro de 7 meses y mi pareja tiene un amante; no estamos casados pero tenemos estos dos hijos y un piso de protección oficial.
Me quiero separar porque no aguanto más las humillaciones,la falta de respeto y los insultos hacía él;
Decirme que puedo hacer.
Gracias.
Si hace 11 años se firmó en el convenio una pensión de 100€ por niño, que es menos de mínimo vital, y en aquel momento el no trabajaba, por lo que se le concedía 2 años de pensión compensatoria(1+1), ahora que el si trabaja no se podría pedir una modificación de medidas ajustando la pensión de los niños a las circunstancias actuales?
Mi pareja y yo decidimos separarnos pero el no se quiso salir del lugar que rentamos y me corrio me fui a vivir con mi mamá porque no tengo trabajo ni estudios y cuando me junte con el yo era menor de edad y no me quiere dar la mitad de una renta ni darme pensión para mi hijo
Alex .
Estoy separado por 11 años tengo un niño de la edad de 12 años de la cual su madre me demandó por pensión de alimentos y ahora me lo quiere entregar pero pero no quiere hacer un documento o ir auna comisaría para dar constancia de lo que desea hacer como puedo hacer por favor gracias bendiciones.
Después de 33 años asta jos
Después de 33años divorciados, con los ha jos ya mayores y trabajando, le ha obligado a nuestra hija abrirle la puerta para preguntarme algo…….una vez dentro se abalanzó sobre mi con una navaja causándome casi la muerte…..Y una vez llevada a Jiménez Días me dijeron que ya tenia DoD Cumpleaños……osea que nací por Segunda vez. Después de un Año se ha celebrado en la Audiencia el Juicio y esta por 6 años en la Cárcel de Estremera.
De ver que he salido adelante menos en el Tumor y ganglios detectados el día del casi asesinada en mi casa……Y la mujer le ha puesto un Abogado por la Vía Civil. Para quitarme la pensión que me paso …Hemos recurrido pero en este País la Justicia no sabemos que nos va a conceder….pensemos que la Justicia Divina nos Ayude…….Contesteme gracias
Magia M.
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